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Worldcoin, el proyecto de criptomonedas que ha reconocido las imágenes del iris de 400.000 españoles desde julio del año pasado, emprenderá acciones legales, según Ava, contra la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Este organismo ha prohibido a Worldcoin adquirir los datos biométricos de sus usuarios durante los próximos tres meses y ha pedido bloquear esta información hasta la nueva orden.
La empresa con sede en San Francisco y Berlín y propiedad de Sam Altman, responsable del desarrollo de ChatGPT, cree que la medida cautelar de la AEPD es contraria a la legislación europea y es, por tanto, ilegal. En ese momento, la empresa no sabe concretamente qué recursos legales tiene contra la AEPD.
«Worldcoin cumple plenamente con todas las leyes y reglamentos que rigen la recopilación y transferencia de datos biométricos, incluido el Reglamento General de Protección de Datos de la UE (GDPR)», informa un portavoz de la empresa y añade que tenemos conversaciones con la Autorización de la Ley de Protección de Datos de Baviera ( BahíaLDA). Aloja Tools for Humanity, la empresa que recopila y archiva imágenes de alta definición de los iris de los usuarios de Worldcoin, tiene su sede en este estado alemán.
«Nuestra investigación jurídica y técnica avanza», afirma esta fuente del periódico BayLDA. “Como autoridad principal, hemos analizado una gran cantidad de documentos y también hemos realizado controles in situ que debemos permitir presentar el procedimiento a nuestros colegas europeos con una evaluación final muy pronto. Esto incluirá también valoraciones sobre los temas que han abrazado nuestros compañeros españoles”, señaló.
Worldcoin utiliza esferas de llamada para el reconocimiento de datos biométricos. Se trata de una esfera de metal del tamaño de una pelota de fútbol que fotografió el iris de los interesados y los conectaron a la moneda digital Worldcoin. Dado que durante dos semanas experimentó con el valor del intercambio de criptomonedas, colocando las 13 monedas Worldcoin liberadas en el casco iris en una de 80 euros, las monedas dentro de 30 años son aquellas en las que Worldcoin se sigue colocando en los centros comerciales no menguado.
Para utilizar un Orb, los usuarios deben descargar una aplicación en su teléfono móvil y recibir un código QR. La foto del iris funciona como una “prueba de humanidad” (el sistema está seguro de que la solicitud representa a una persona y no a una máquina). La imagen también está asociada al código QR, de modo que la aplicación se convierte en un pasaporte llamado World ID, donde se encuentra el dinero Worldcoin. Según Altman, el pasaporte y el dinero que promocionarán serán la clave para gestionar financieramente y poder obtener una renta universal, en un futuro dominado por la inteligencia artificial.
“La medida cautelar de la autoridad española vulnera las exigencias del RGPD y es ilegal. Esta situación podría evitarse si la AEPD hubiera seguido el proceso legal establecido y aplicable en toda Europa”, afirma Tim Yurl, experto en privacidad de datos y socio de Latham & Watkins, la firma que asesora a Worldcoin en Europa. «Tenemos la ilusión de que el regulador español eludió el proceso y las normas aceptadas en la UE, razón por la cual nunca logramos presentar una solicitud», dijo Worldcoin.
Según el RGPD, sólo la autoridad de protección de datos del país ubicado en la sede de una empresa con actividades en la UE es competente para solicitar la devolución de datos. “La propia AEPD reconoció el miércoles, cuando dijo que la sede europea de Worldcoin está en Baviera, que la autoridad española no es competente: en cualquier caso lo será la alemana o la propia UE”, explica Borja Adsuara, consultor y experto . derecho digital.
Desde la AEPD, sin embargo, se argumenta que el artículo 66.1 del RGPD establece que, en circunstancias excepcionales, cuando una autoridad de control interesada (en este caso la AEPD) considere urgente intervenir para proteger los derechos y libertades de las personas, deberá Será necesario hacerlo y es posible adoptarlo provisionalmente con efectos legales en el territorio por un plazo máximo de tres meses. La adopción de medidas cautelares estaría así justificada «para evitar daños potencialmente irreparables».
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